Expedientes KYC
Checklist automático por tipo de expediente y bloqueo cuando falta algo.
Desarrollo de software para la prevención de lavado de dinero y el conocimiento del cliente (KYC) en el sector inmobiliario mexicano. Del expediente de identificación a la auditoría anual: matriz de riesgo, screening en listas, beneficiario controlador y avisos con reloj de 24 horas — construido para la LFPIORPI y para la reforma del ACUERDO 115/2026.
Vender un inmueble en México es una actividad vulnerable: la ley obliga a identificar al cliente, evaluar su riesgo, conocer al beneficiario controlador y avisar a la autoridad en plazos cortos. En la práctica esa información vive en papel, en WhatsApp, en Excel y en carpetas sueltas — sin trazabilidad y sin nadie que vigile los relojes. La reforma del ACUERDO 115/2026 se publicó en el DOF el 7 de agosto de 2026 y entra en vigor el 30 de noviembre de 2026; el reto era convertir cada capítulo de la norma en una pantalla que el equipo pueda usar todos los días.
No es un CRM con un módulo pegado: cada módulo corresponde a una obligación real de la norma, y encima corre la operación diaria de la inmobiliaria.
Checklist automático por tipo de expediente y bloqueo cuando falta algo.
Matriz con factores oficiales, configurable por empresa, con justificación.
Más de 35,000 registros de listas OFAC, ONU y 69-B, más verificación PEP.
El plazo de 24 horas corre solo y avisa antes de vencer; todo queda en bitácora.
PLD es Prevención de Lavado de Dinero: el conjunto de obligaciones que la ley impone a quien realiza una actividad vulnerable, como la compraventa de inmuebles. KYC (know your customer, «conoce a tu cliente») es la parte que consiste en identificar y documentar a quien está del otro lado de la operación: quién es, de dónde viene su dinero y quién controla realmente a la empresa que firma.
Porque el calendario ya está corriendo. La reforma a las Reglas de la LFPIORPI (ACUERDO 115/2026) se publicó en el DOF el 7 de agosto de 2026 y entra en vigor el 30 de noviembre de 2026; la capacitación anual obligatoria arranca el 1 de enero de 2027 y las obligaciones de riesgo, conocimiento del cliente y beneficiario controlador el 1 de marzo de 2027. Llegar a esas fechas con expedientes en papel es la peor manera de llegar.
Para quien realiza la actividad vulnerable inmobiliaria y para quien lo asesora: desarrolladoras, inmobiliarias, brokers y franquicias, asesores inmobiliarios, notarías y despachos, y consultores de PLD que atienden a varias empresas — de ahí que la plataforma sea multiempresa desde el diseño.
Sí. El patrón —reglas duras, expedientes con checklist, relojes que no se olvidan y bitácora de todo— se aplica a cualquier obligación regulatoria, no solo a la inmobiliaria. Cuéntanos qué norma te aplica y qué haces hoy a mano.
Cuéntanos tu proyecto por correo o WhatsApp. Respondemos hoy mismo.
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